DECRETO 28/2016, 2 DE FEBRERO, DE LAS VIVIENDAS CON FINES TURÍSTICOS

Tal y como publicamos el pasado 10 de Febrero, la Junta de Andalucía aprobó el pasado 2 de Febrero un Decreto para regular las viviendas con fines turísticos, el cual todavía no había sido publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Finalmente, el pasado 11 de Febrero de 2016, se ha publicado dicho Decreto, por lo que a partir del 11 de Mayo (tres meses desde la publicación del Decreto en el BOJA) todas las viviendas con fines turísticos deben tener la documentación que establece el Decreto y proceder a inscribirse en el Registro de Turismo de la Junta de Andalucía. El decreto establece que en el caso de no proceder a dicha inscripción conlleva sanciones desde 18.000€ hasta 150.000€.
En Nosquera 10 Abogados & Asesores realizamos todas las gestiones y trámites necesarios para la inscripción de las viviendas con fines turísticos en el Registro de Turismo de Andalucía y asesoramos sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos en la nueva normativa.

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