Número de identificación fiscal de las personas jurídicas
Como consecuencia de la reforma fiscal, a partir del 1 de Enero de 2016, las sociedades civiles pasan a ser contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, siempre que el objeto de la actividad sea mercantil. Por ello, la Orden modifica el artículo 3 de la Orden EHA/451/2008, que regulaba la composición del número de identificación fiscal de las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, pasando a ser las claves de dichas entidades las siguientes:
- A. Sociedades Anónimas
- B. Sociedades de Responsabilidad Limitada
- C. Sociedades Colectivas
- D. Sociedades Comanditarias
- E. Comunidad de bienes, herencias yacentes y demás entidades carentes de personalidad jurídica no incluidas expresamente en otras claves.
- F. Sociedades cooperativas
- G. Asociaciones
- H. Comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal
- J. Sociedades civiles
- P. Corporaciones locales
- Q. Organismos públicos
- R. Congregaciones e Insitituciones Religiosas
- S. Órganos de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas
- U. Uniones Temporales de Empresas
- V. Otros tipos no definidos en el resto de claves